| Texto: Miguel Ángel Díaz Carlier y Eugenia Ciruela Montañés.
La participación de las mujeres en el comercio con la América hispana apenas ha sido estudiada a pesar de las inmensas posibilidades historiográficas que ofrece. Más allá de su papel de esposas o hijas de hombres de negocios, cuatro mujeres ejercieron como cargadoras a Indias en El Puerto de Santa María a mediados del siglo XVIII, demostrando su capacidad para dedicarse con éxito al mundo empresarial del mismo modo que sus homólogos masculinos.
De María Fernández Calderón [nuestra tercera protagonista] disponemos pocos datos procedentes del Catastro de la Ensenada. Con unas ganancias anuales de 10.000 reales, para el tiempo del Catastro era honesta, viviendo con Francisco José Polo y Trujillo, teniente del Contador del público y fiel de carnicerías, y su familia. (1) Para la época de la actualización ya había fallecido. (2)
Polo y Trujillo, quien por sendos oficios percibía anualmente 1.650 y 1.100 reales respectivamente, había estado casado en primeras nupcias con una de las hermanas de María, Ana, con quien había tenido a su sobrina Joaquina Polo y Calderón. (3)
Para conocer más detalles de su vida hemos de dirigirnos al testamento que otorgó ante Juan Ramos de la Vega en El Puerto a 11 de diciembre de 1753, (4) precisamente en tiempos de la confección del Catastro.
Natural de El Puerto de Santa María, era hija de Juan Fernández Calderón, quien viajó a Nueva España como factor en la flota de 1699, (5) y Quiteria Polo. (6) El mismo testamento nos revela que era sobrina de Manuel Rosales y Velasco, quien en 1731 había comprado por 22.000 reales una de las regidurías tras la reincorporación de El Puerto a la Corona en 1729 y, por tanto, prima de Miguel de Rosales y Velasco, quien sucedió a su padre en el cargo, (7) al declarar que los herederos de Manuel le debían 460 reales en razón de que éste le había firmado un vale que hizo a su favor de 520 reales. (8)
Asimismo, debido a las particiones de bienes de su hermano José había heredado 5.858 reales y 10 maravedís, de los cuales 5.089 se los debía de satisfacer su cuñado Francisco (ya había percibido 200 en el momento de testar) mientras el resto los percibió en diversos muebles. (9) Igualmente, como heredera que fue de Juana de los Santos Amorós, heredó dos accesorias sitas en la Ribera, de las que había venido percibiendo los arrendamientos que fructificaban. (10)
Así con todo, alegaba que tenía por bienes lo que Francisco Polo le debía de las particiones de su hermano, las dos casas que heredó de Juana de los Santos Amorós, lo que le tocaba de la herencia del presbítero Francisco de la Vega, 14 [...], 2 papeleras, 1 bufete, dos pies de escritorios, una cama de granadillo, tres sillas de baqueta, 2 cajas de cedro y 2 colchones. (11)
Además, poseía el vínculo que en la villa de Santillana (en la actual Cantabria) había fundado Sebastián Díaz Calderón, cuya sucesora informaba María que era su sobrina Joaquina Polo y Calderón. (12). A continuación, hace relación de todas las donaciones que desea hacer: 50 ducados a cada uno de los dos hijos que Francisco José Polo y Trujillo ha tenido con su segunda mujer; 10 pesos a Isabel de León; 10 pesos a Inés García; 100 ducados y sus muebles a Paula González, a quien había criado en su casa; y a Francisco José Polo los gastos derivados de la enfermedad que María llevaba padeciendo hacía un tiempo, razón por la que redactó el testamento. (13)
Por último, tras nombrar como albaceas suyos a su cuñado Francisco José y a su sobrino Miguel de Rosales y Velasco, nombró como heredera universal a su sobrina Joaquina. (14)
En cuanto a su entierro una vez que falleciera, pidió que se le diere sepultura en la capilla de Nuestra Señora de los Milagros, sita en la Prioral, amortajada con el hábito dominico «y que el acopañamto. de mi entierro sea la Santa Cruz alta, SSres. Beneficiados, y todo el Ylte. Clero de dha Ygª maior», (15) diciéndose el mismo de su entierro, o el siguiente, una misa cantada de cuerpo presente. (16)
Asimismo, mandó que por su alma se dijeran 60 misas rezadas cuya limosna tenía que estar valorada en tres reales de vellón, la cuarta parte de ellas en la Prioral y el resto donde estimasen oportunos sus albaceas, al igual que las mandas forzosas acostumbradas y 2 reales por los niños expósitos de El Puerto. (17)
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Referencias
01 «Dª Maria Fernandez Calderon, Cargadora â Yndias, honesta, sin mas familia, comprehendida en la del Registro de Dn. Francisco Joseph Polo y Truxillo, Theniente de Contador del publico, y fiel de Carnicerias por esta Ciudad â quien con su trafico, y Comercio de Yndias diez mil reales annuales» (AMEPSM, Contribuciones, Catastro de Ensenada, Yndice de las clases, qe. comprehende el Libro de Yndustrial pertenezte. a eclesiasticos de la Ciudad, y gran Pto. de Sta. Maria, leg. 388, fol. 148r).
02 AMEPSM, Contribuciones, Catastro de Ensenada, leg. 388, fol. 53v.
03 AHPC, Prot. Not. El Puerto, leg. 657, fol. 581v.
04 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
05 AGI, Contratación, 5459, n. 1
06 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
07 González Beltrán (1992: 60).
08 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
09 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
10 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
11 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
12 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
13 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
14 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
15 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
16 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.
17 AHPC, Prot. not. El Puerto, leg. 630, s/f.